Tras el anuncio del Presidente Lenín Moreno realizado el domingo 26 de abril, los gobiernos locales serán los que dictaminen el estado del semáforo epidemiológico de cada cantón con el propósito de que el próximo 4 de mayo se dé inicio el levantamiento paulatino de las normas de restricción.
En sesión virtual, el Concejo Metropolitano de Quito resolvió solicitar al Comité de Emergencia (COE) Nacional mantener el rojo el semáforo para la capital ecuatoriana.
[EN VIVO] Sesión Virtual No. 062 Ordinaria del Concejo Metropolitano de Quito #ConcejoAbiertoQuito #QuitoGrandeOtraVez https://t.co/D6y4YYLoBS
— Municipio de Quito (@MunicipioQuito) April 28, 2020
Además se comunicaron cinco artículos que entrarán en vigencia desde el día de hoy.
Artículo 1.- Solicitar al Alcalde Metropolitano para que en coordinación con el Comité de Operaciones de Emergencia Metropolitano desarrolle un reporte semanal, mientras dure la emergencia, con la evolución de los datos respecto a la propagación del virus y la disponibilidad del sistema de salud del Distrito Metropolitano, y una evaluación de las metas requeridas para cambiar el color del semáforo dispuesto por el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional en la Resolución de 02 de abril de 2020.
Artículo 2.- Solicitar al Comité de Operaciones de Emergencia Nacional y del Distrito Metropolitano de Quito, según sus atribuciones, se mantenga la categoría de restricción correspondiente al semáforo rojo, aplicando el aislamiento social preventivo obligatorio vigente en la circunscripción territorial del Distrito Metropolitano de Quito, hasta el plazo que sea determinado con base en la evidencia científica que se disponga, recomendado la extensión de la medida en toda la provincia de Pichincha junto con los demás COES Cantonales de la provincia y con el COE provincial.
Artículo 3.- Solicitar a los Comités de Operaciones de Emergencia Nacional, Provincial de Pichincha y del Distrito Metropolitano de Quito, continúen trabajando de manera articulada para garantizar las condiciones necesarias para que la ciudadanía pueda acogerse a las condiciones señaladas en los artículos anteriores, con énfasis en lo que respecta a entrega de ayuda humanitaria para población en situación de pobreza, pobreza extrema, grupos de atención prioritaria y sectores sociales en condiciones de vulnerabilidad.
Artículo 4.- Exhortar al Alcalde Metropolitano para que se fortalezca y garantice que en las dependencias municipales, instituciones y empresas públicas metropolitanas que se mantienen prestando servicios para atender la emergencia sanitaria provean de los medios necesarios de bioseguridad a todo el personal que se encuentra trabajando en la primera línea en diferentes áreas con énfasis en el personal de salud, personal de aseo, personal de atención a grupos sociales, entre otros funcionarios que se encuentren prestando servicios para contener la emergencia sanitaria.
Artículo 5.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que exhorte a sus máximas autoridades de las diferentes instituciones municipales que los funcionarios municipales que se encuentran al momento trabajando en primera línea en las diferentes dependencias, instituciones y empresas públicas metropolitanas, cuenten con vehículos de recorrido adecuados, desinfectados y con las medidas de bioseguridad necesarios para la transportación de personas.